Incentivos fiscales a la inversión cultural_pixabay

Nuevo Reglamento (UE) 2023/1230 relativo a las máquinas

El Reglamento (UE) 2023/1230 relativo a las máquinas, sustituye a la Directiva de máquinas (Directiva 2006/42/CE) y ya está en vigor en todos los Estados miembros de la UE, aunque su aplicación general no se producirá hasta el 20 de enero de 2027

La diferente interpretación de los Estados Miembros sobre algunas disposiciones de la Directiva de máquinas, que permitía cierta flexibilidad de aplicación, y la inseguridad jurídica que esas diferencias generaban en los operadores económicos, justifica este nuevo Reglamento, publicado en junio de 2023, para armonizar los requisitos de seguridad en la UE. El Reglamento amplia su ámbito de aplicación a nuevas tecnologías, como la inteligencia artificial.

Algunas de las novedades que incorpora el Reglamento en relación con la seguridad de las máquinas, son las siguientes:

  • Se amplía la lista de categorías de productos de alto riesgo que van a necesitar una evaluación obligatoria de conformidad por parte de un organismo notificado. Estas categorías se enumeran en el Anexo 1 parte A y son las siguientes:
    • Dispositivos amovibles de transmisión mecánica, incluidos sus resguardos.
    • Resguardos para dispositivos amovibles de transmisión mecánica.
    • Plataformas elevadoras para vehículos.
    • Máquinas portátiles de fijación, de carga explosiva y otras máquinas portátiles de impacto.
    • Componentes de seguridad con un comportamiento total o parcialmente autoevolutivo que utilicen enfoques de aprendizaje automático que garanticen funciones de seguridad.
    • Máquinas que incorporen sistemas con un comportamiento total o parcialmente autoevolutivo que utilicen enfoques de aprendizaje automático que garanticen funciones de seguridad que no se hayan introducido de forma independiente en el mercado, únicamente con respecto a dichos sistemas.
  • Se profundiza en el concepto de «modificación sustancial» y sus consecuencias legales. En este sentido, cualquier persona física o jurídica que lleve a cabo una modificación sustancial en una máquina se considerará fabricante y, por lo tanto, deberá cumplir con todas las obligaciones asociadas a un fabricante, incluida una nueva evaluación de conformidad.
  • Se permite la entrega de la documentación técnica (instrucciones, manuales y declaración de conformidad) en formato digital. Esto simplifica notablemente el trabajo administrativo de los fabricantes, pero se establece la obligación de indicar en la máquina y en la documentación adjunta la manera de acceder a las instrucciones digitales y si el usuario las solicita en formato impreso, se deberán facilitar en el plazo de un mes.
  • Los sistemas de control que tengan funciones autoevolutivas mediante enfoques de aprendizaje automático (IA) deberán someterse a evaluaciones más estrictas.
  • Se establecen normas específicas en materia de ciberseguridad industrial, de protección frente a ciberataques, alineándose con otra normativa europea sobre la materia, como la Ley de Ciberresiliencia y la Directiva sobre Equipos Radioeléctricos.

A partir del 20 de enero de 2027 las declaraciones de conformidad deberán emitirse de acuerdo con la nueva normativa. Las empresas todavía disponen de tiempo para evaluar su situación y el impacto de esta normativa en su actividad para poder adaptarse a estos cambios de forma progresiva y evitar inconvenientes de última hora.

¿Quiere saber cómo afectan el nuevo Reglamento UE relativo a las máquinas a su actividad? Escríbanos a info@garciadenovales.es

Twitter
LinkedIn
Esta web utiliza cookies propias para su correcto funcionamiento. Contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas que podrás aceptar o no cuando accedas a ellos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad