Nueva validación en salida de Depósitos Distintos de los Aduaneros

Desde el próximo 3 de julio no se permitirá la salida de Depósitos Distintos de los Aduaneros mediante declaraciones de tránsito. 

A partir de esta fecha la salida deberá realizarse mediante:

  • Una expedición
  • Un  SDD (la notificación que hace el titular del depósito distinto del aduanero para comunicar la salida de la mercancía del depósito)
  • Una declaración de importación con régimen solicitado 82 (Despacho a consumo de mercancía no sujeta a  II. EE. previamente despachada a libre práctica o procedente de parte del territorio aduanero de la Unión donde no sea de aplicación la Directiva 2006/112/CE y vinculada a un depósito distinto del aduanero).

Para más información sobre las distintas formas en que se debe declarar la salida del DDA usando el régimen solicitado 82 puede acudir a la NI GA 02/2023:

https://sede.agenciatributaria.gob.es/static_files/Sede/Tema/Aduanas/Notas_info/NI_2023/NIGA_05_23.pdf

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