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Stablecoins y pagos internacionales: el Reglamento MiCA

El pago mediante transferencia bancaria a un proveedor situado fuera de la Unión Europea necesita hasta 5 días para verificarse y genera importantes costes, dependiendo de cuántos bancos corresponsales intervienen en la transacción.

Cuando una empresa de la UE paga a un proveedor establecido en un tercer país mediante transferencia bancaria, el dinero no siempre viaja directamente desde el banco del comprador hasta el banco del proveedor. Dependiendo de las entidades y los países implicados en la operación, puede ser necesaria la intervención de uno o varios bancos corresponsales, con sus respectivos procesos de validación, plazos y comisiones.

En este contexto, las stablecoins podrían funcionar como una alternativa para determinados pagos internacionales. A través de este sistema es posible transferir, mediante una red blockchain, tokens cuyo valor se mantiene vinculado a cualquier divisa, por ejemplo, al euro o al dólar. ¿La mayor ventaja de este procedimiento? El pago puede completarse prácticamente en tiempo real y sin necesidad de reproducir toda la cadena de intermediarios de una transferencia bancaria tradicional, por lo que posiblemente, el coste por operación se reduzca.

La tecnología no es nueva. Lo que ha cambiado en la Unión Europea es su marco jurídico. En 2024 se comenzó a aplicar de forma progresiva el Reglamento (UE) 2023/1114, conocido como MiCA (Markets in Crypto-Assets Regulation), que establece por primera vez una regulación común, tanto para los emisores de determinados criptoactivos, como para los proveedores de servicios relacionados con estos.

No todas las criptomonedas son iguales

Cuando oímos hablar de criptoactivos nos suele venir a la mente el «Bitcoin». Sin embargo, el universo de activos digitales es mucho más amplio. El Reglamento MiCA distingue diferentes categorías:

  • Fichas de dinero electrónico o EMT (E-Money Tokens), diseñados para mantener un valor estable tomando como referencia una única moneda oficial (a diferencia de lo que ocurre con Bitcoin, cuyo precio puede experimentar importantes variaciones). En este artículo nos centraremos en esta categoría.
  • Fichas referenciadas a activos o ART (Asset-Referenced Tokens), que estabilizan su valor tomando como referencia otros activos o conjunto de activos.
  • Otros criptoactivos no incluidos en las categorías anteriores.

De acuerdo con la regulación MiCA, los EMT tienen la consideración de dinero electrónico y su titular dispone de un derecho de crédito frente al emisor. Es decir, si una empresa dispone de 10.000 unidades de un EMT denominado en dólares, tiene un derecho de reembolso frente al emisor por su valor nominal, pudiendo cobrar fondos equivalentes al valor monetario de los EMT mantenidos por el titular.

Quién respalda una stablecoin

Para que un EMT pueda ofrecerse al público en la Unión Europea, su emisor debe ser una entidad de crédito o una entidad de dinero electrónico autorizada y cumplir, además, el resto de condiciones establecidas por MiCA, entre las que destacan la notificación y publicación del correspondiente white paper con información sobre el emisor, los derechos y obligaciones del token, sus riesgos asociados, etc.

Por otro lado, es importante distinguir dos figuras que a menudo se confunden: el emisor y los denominados CASP (Crypto-Asset Service Providers). El emisor es quien emite el token y frente a quien existe el derecho de reembolso. El CASP, por su parte, es un intermediario que puede prestar servicios relacionados con esos criptoactivos: custodiarlos por cuenta del cliente, cambiarlos por euros o dólares, ejecutar órdenes o realizar transferencias. En ocasiones, ambas figuras pueden coincidir en una misma entidad.

MiCA permite, además, que los CASP actúen en el conjunto del mercado europeo. Un CASP autorizado en un Estado miembro puede prestar sus servicios en otros países de la UE siguiendo el procedimiento de pasaporte previsto en el Reglamento, sin necesidad de obtener una nueva autorización en cada uno de ellos. La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) mantiene un registro público donde consultar los emisores de los diferentes tipos de criptoactivos (ART y EMT) y los proveedores de servicios (CASP) autorizados en la Unión Europea.

Dos caras de una misma moneda

Otro elemento interesante del uso de stablecoins como método de pago es su trazabilidad. Las operaciones realizadas mediante tecnología blockchain dejan un registro que permite comprobar cuándo se realizó la transferencia, qué cantidad se transfirió, desde qué dirección y hacia qué dirección, etc.

Sin embargo, la rapidez y trazabilidad blockchain tiene también su contrapartida en la irreversibilidad de la operación, es decir, una vez que una transferencia ha sido correctamente validada, no puede cancelarse, como podría intentar hacerse con una transferencia bancaria todavía pendiente. Esto supone que el envío de un pago al destinatario incorrecto es prácticamente irrecuperable. Por ello, la utilización de este medio de pago requiere adaptar y reforzar los procedimientos internos de las empresas: verificar previamente el wallet del proveedor, utilizar sistemas de doble autorización o realizar una pequeña transferencia de prueba antes de efectuar pagos relevantes.

Ejemplo de pago mediante stablecoins

Veamos un ejemplo. Una empresa española compra componentes a un proveedor colombiano y debe abonar una factura de 50.000 dólares.

Si utiliza el sistema bancario tradicional, deberá ordenar una transferencia internacional desde su banco. En función de las entidades que intervengan en la operación, el pago puede requerir la intervención de uno o varios bancos corresponsales antes de llegar a la cuenta del proveedor en Colombia.

Supongamos ahora que ambas empresas acuerdan efectuar el pago utilizando USDC, una stablecoin referenciada al dólar.

En el mercado europeo, USDC se ofrece a través de Circle Internet Financial Europe, entidad de dinero electrónico autorizada en Francia. La empresa española podría adquirir 50.000 USDC utilizando un CASP autorizado para prestar los servicios correspondientes y transferirlos al wallet indicado por el proveedor.

En términos muy simplificados, el planteamiento sería el siguiente:

Euros/dólares → 50.000 USDC → transferencia mediante blockchainwallet del proveedor.

La diferencia fundamental es que la transferencia del token no necesita recorrer la misma cadena de bancos corresponsales. Una vez ordenada, la transacción se valida en la blockchain correspondiente y puede completarse en cuestión de minutos.

Además, las redes blockchain no dependen de los horarios bancarios tradicionales y pueden operar las 24 horas del día, siete días a la semana.

Para el proveedor, el resultado es que dispone de 50.000 tokens denominados en dólares. A partir de ese momento podrá mantenerlos, utilizarlos para otras operaciones o convertirlos en moneda fiduciaria a través de un operador que permita realizar esa conversión, siempre que la normativa de su país lo permita.

¿Es realmente más barato?

Puede serlo, pero no necesariamente en todos los casos.

En una transferencia bancaria internacional pueden acumularse las comisiones del banco ordenante, de los bancos corresponsales y del banco receptor, además del coste asociado al cambio de divisas.

La utilización de una stablecoin reduce potencialmente parte de esa cadena de intermediarios, pero no significa que el pago sea gratuito. Puede haber costes por la adquisición del token, el cambio de euros a dólares, los servicios del CASP, la propia transacción en la blockchain y, finalmente, la conversión que realice el proveedor para obtener la moneda local.

El análisis debe hacerse, por tanto, para cada operación concreta. En aquellos países en los que las transferencias internacionales dependen en mayor medida de bancos corresponsales y, por ello, resultan más costosas o menos ágiles, este tipo de soluciones puede presentar mayores ventajas.

Por último, que una stablecoin cumpla con MiCA no significa que cualquier operación realizada con ella sea automáticamente válida.

En nuestro ejemplo, la empresa española puede operar dentro del marco europeo con una EMT y con proveedores de servicios autorizados. Pero el proveedor se encuentra en Colombia y MiCA no determina qué se puede hacer allí con los tokens recibidos. Por tanto, será necesario comprobar la regulación colombiana y las posibilidades reales de convertirlos en dólares o pesos colombianos.

Por último, también habrá que tener en cuenta las posibles obligaciones fiscales y regulatorias que pueden afectar a este sistema de pagos.

¿Quiere saber más sobre cómo afecta este reglamento a sus pagos internacionales? Escríbanos a info@garciadenovales.es

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